{"id":62973,"date":"2012-09-07T11:26:51","date_gmt":"2012-09-07T17:26:51","guid":{"rendered":"http:\/\/istmo.mx\/?p=62973"},"modified":"2012-09-07T11:26:51","modified_gmt":"2012-09-07T17:26:51","slug":"cultura-y-derechos-humanos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/2012\/09\/07\/cultura-y-derechos-humanos\/","title":{"rendered":"Cultura y Derechos Humanos"},"content":{"rendered":"<button class=\"simplefavorite-button has-count\" data-postid=\"62973\" data-siteid=\"1\" data-groupid=\"1\" data-favoritecount=\"0\" style=\"\">Leer despu\u00e9s <i class=\"sf-icon-star-empty\"><\/i><span class=\"simplefavorite-button-count\" style=\"\">0<\/span><\/button><body><p><\/p><span style=\"color: #800080;\"><em><a href=\"https:\/\/i0.wp.com\/istmo.mx\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/coloquio_01_original.jpg?ssl=1\"><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-63037\" style=\"margin: 5px;\" title=\"coloquio_01_original\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/istmo.mx\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/coloquio_01_original-228x300.jpg?resize=228%2C300&#038;ssl=1\" alt=\"\" width=\"228\" height=\"300\" loading=\"lazy\"><\/a>Los derechos no se refieren a \u00abhombres sin rostro\u00bb, sino a personas concretas, insertas en una cultura. Los derechos culturales, esenciales para la dignidad humana, deben interpretarse seg\u00fan los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia.<\/em><\/span><br>\nLos tiempos actuales son un campo f\u00e9rtil para repensar los Derechos Humanos. Desde la llamada \u00abprimavera \u00e1rabe\u00bb y otras plataformas civiles \u2013los indignados, #Occupy Wallstreet, #YoSoy132\u2013 hasta las leyes que pretenden regular los contenidos en internet \u2013ACTA, SOPA\u2013, derechos como la libertad de expresi\u00f3n, la representaci\u00f3n pol\u00edtica, la seguridad e integridad f\u00edsica, han sido protagonistas en la reflexi\u00f3n sobre las garant\u00edas centrales de las personas.<br>\nLos Derechos Humanos representan la necesidad que tenemos todos de reconocer condiciones b\u00e1sicas de respeto en la convivencia. Necesidad tan elemental que toda ofensa a nuestros derechos nos parece evidente. Si mi vecino se estaciona frente a la salida de mi casa, si un grupo de personas limitan mi movilidad en la calle, si se me niega un servicio p\u00fablico a causa de mi manera de vestir o de hablar, si una autoridad me extorsiona\u2026 en cualquier situaci\u00f3n en la que se afectan mis garant\u00edas subsiste un impulso para pedir respeto.<br>\nSin embargo, aunque percibimos con claridad una afrenta de este tipo, es importante hacer notar que, como sujetos de derechos, no conocemos las condiciones que se requieren para que nuestros derechos posean una identidad clara. En otras palabras, es dif\u00edcil conocer qu\u00e9 derecho es m\u00e1s importante que otro, cu\u00e1les son aquellos derechos que deben reconocerse sin importar condiciones cambiantes, qu\u00e9 significa que la ley reconozca s\u00f3lo ciertos derechos y d\u00e9 por supuestos otros tantos.<br>\n\u00a0<br>\n<strong>PARA RECUPERAR DERECHOS FUNDAMENTALES: CULTURA<\/strong><br>\nAquello que permite conocer la identidad de nuestros derechos, su origen e importancia, est\u00e1 en el reconocimiento de la cultura: ella habla del ser humano desde todas sus perspectivas, y desde ah\u00ed podemos comenzar a buscar la unidad y radicalidad que hace falta en las reflexiones acerca de los Derechos Humanos.<br>\nSi pensamos en la situaci\u00f3n de un migrante, un analfabeta o un ind\u00edgena, reconoceremos que existe un denominador com\u00fan: hace falta \u2013o no se conoce\u2013 un marco cultural que pueda dotar de orden y significado el ejercicio de los derechos de las personas.<br>\nCuando se carece de naci\u00f3n, como un \u00abilegal\u00bb latinoamericano en Estados Unidos o un migrante \u00e1rabe en tierras europeas, es imposible reclamar derechos al amparo de un sistema legal. Cuando no se tiene acceso a la informaci\u00f3n, como cualquier persona incapaz de leer o de disponer de informaci\u00f3n fiable, es muy dif\u00edcil conocer qu\u00e9 puede exigir como derecho.<br>\nCuando la comunidad no es reconocida por una colectividad mayor y una ola globalizadora amenaza su identidad \u2013pensemos en cualquier etnia ind\u00edgena de nuestro pa\u00eds\u2013 es complicado prevalecer como miembro de una cultura concreta y pugnar por el respeto de la misma.<br>\nPor problem\u00e1tico que resulte, es una realidad que el mundo est\u00e1 configurado como un espacio multicultural, con una gran \u00abpoblaci\u00f3n flotante\u00bb que no pertenece a alg\u00fan pa\u00eds, con millones de personas con educaci\u00f3n deficiente. Y si consideramos extremista hablar de estos tres grupos, pensemos en la discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de sexo, presente en cualquier ambiente laboral, en la delgada l\u00ednea que separa a un estado sanamente laico de un gobierno \u00ablaicista\u00bb que es intolerante a cualquier manifestaci\u00f3n religiosa, en el clasismo que impide el disfrute de servicios a causa del nivel socioecon\u00f3mico o las preferencias de cualquier tipo.<br>\nTodos son problemas que vivimos d\u00eda a d\u00eda y ata\u00f1en directamente al respeto de los Derechos Humanos \u2013entendiendo el apellido \u00abhumanos\u00bb como referencia a su universalidad, es decir, derechos de todas las personas.<br>\nPor todo ello hoy, frente a movimientos que cruzan fronteras y situaciones que ponen en la mira de la sospecha nuestras nociones de ciudadan\u00eda, libertad o vida humana, los derechos culturales pueden ofrecer una v\u00eda de reformulaci\u00f3n y recuperaci\u00f3n de los derechos fundamentales.<br>\n<strong> <\/strong><br>\n\u00a0<br>\n<strong>NO PODEMOS HABLAR A UN HOMBRE SIN ROSTRO<\/strong><br>\nGlobalizaci\u00f3n y multiculturalidad, identidad pol\u00edtico-social y personal, todos son grandes retos que las teor\u00edas actuales de Derechos Humanos deben resolver. La cultura de las comunidades y las naciones representa una base desde la cual se puede dotar de unidad y sentido a la defensa de las garant\u00edas fundamentales.<br>\nEsto es as\u00ed porque en la cultura el ser humano comprende su papel dentro de la sociedad: lo que significa ser mexicano o sudafricano, queretano o tamaulipeco, ciudadano, mujer u hombre, profesionista, jud\u00edo o ateo, aficionado a alg\u00fan equipo deportivo, vecino, padre, hijo, etc\u00e9tera. Si desligamos la identidad cultural del ejercicio de derechos, tendr\u00edamos que pensar en un \u00abhombre sin rostro\u00bb, una humanidad que, por el \u00e1nimo de la universalidad de los derechos, y careciendo de identidad concreta, acabe por ser definida a partir de las necesidades pol\u00edticas y sociales de momentos hist\u00f3ricos.<br>\n\u00a0<br>\n<strong><a href=\"https:\/\/i0.wp.com\/istmo.mx\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/coloquio_01_imagen_01.jpg?ssl=1\"><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-63035\" title=\"coloquio_01_imagen_01\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/istmo.mx\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/coloquio_01_imagen_01-300x238.jpg?resize=300%2C238&#038;ssl=1\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"238\" loading=\"lazy\"><\/a>TRES GENERACIONES DE DERECHOS<\/strong><br>\nCuando se reduce la cultura a un elemento secundario en la definici\u00f3n de derechos, los criterios para su categorizaci\u00f3n son variados. De acuerdo con la tradicional clasificaci\u00f3n de los Derechos Humanos, existen tres generaciones de acuerdo con su origen y progresiva cobertura de las garant\u00edas de las personas:1<br>\n\u00a0<br>\n\u2022 \u00a0La primera generaci\u00f3n se corresponde con los derechos civiles y pol\u00edticos, que se concretan en la  Revoluci\u00f3n Francesa. Lo que pensadores como Fray Francisco de Vitoria, Fray Bartolom\u00e9 de las Casas o Immanuel Kant consideraban como aquellas condiciones que el Estado o el gobierno deb\u00eda respetar con relaci\u00f3n al trato de los individuos. Las llamadas \u00ablibertades fundamentales\u00bb y derechos de representaci\u00f3n e identidad pol\u00edtica se encuentran en esta generaci\u00f3n.<br>\n\u00a0<br>\n\u2022 La segunda generaci\u00f3n agrupa a los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales, emanados de la Revoluci\u00f3n  Industrial y reconocidos por primera vez en un sistema jur\u00eddico en la  Constituci\u00f3n Mexicana de 1917. Los derechos a un salario justo, a jornadas laborales bien remuneradas, a la libertad de asociaci\u00f3n y a la libertad de tomar parte en la vida cultural, forman parte de esta segunda etapa y dependen de una participaci\u00f3n activa del Estado. Mientras que en los de primera generaci\u00f3n el gobierno se limita a respetar el ejercicio de los derechos, en los de segunda generaci\u00f3n la actuaci\u00f3n del gobierno es necesaria para permitir el disfrute de los derechos, que dependen de que existan condiciones econ\u00f3micas y pol\u00edticas suficientes para llevar a cabo estas tareas.<br>\n\u00a0<br>\n\u2022 \u00a0 La tercera generaci\u00f3n, nacida por la realidad global de nuestro tiempo, se caracteriza por agrupar derechos referentes a las comunidades que integran un pa\u00eds o a los derechos de solidaridad que involucran a todas las naciones. Se refieren a garant\u00edas que pretenden tres tipos de bienes: la paz, el desarrollo y el cuidado del medio ambiente, aunque se podr\u00edan a\u00f1adir muchos m\u00e1s a prop\u00f3sito de las necesidades de grupos de cualquier tipo, lo que genera desorden y confusi\u00f3n al hablar de tantos intereses que exigen derechos concretos. Los derechos nacidos de la multiculturalidad se integran en esta generaci\u00f3n.<br>\n\u00a0<br>\nEsta clasificaci\u00f3n, aunque ampliamente usada, presenta un problema importante. Es necesario decir que los Derechos Humanos, por ser tales, deber\u00edan pertenecer todos a la primera generaci\u00f3n, en tanto que \u00e9stos subsisten por s\u00ed mismos y no necesitan de la agencia del gobierno.<br>\nLa forma en la que estos derechos fundamentales se implementan en la sociedad depende espec\u00edficamente de la cultura de cada comunidad: no es lo mismo defender la libertad de expresi\u00f3n de un periodista que la de un militar en guerra. Pero esta implementaci\u00f3n concreta no niega su car\u00e1cter universal y esencial, dado que todo ser humano nace y se desarrolla en una cultura concreta y a partir de ella se construyen las estructuras necesarias para la protecci\u00f3n de derechos. La universalidad est\u00e1 en el contenido de los derechos, no en su concreci\u00f3n dentro de la sociedad.<br>\n\u00a0<br>\n<strong>LA BASE COM\u00daN<\/strong><strong> CULTURAL LOS DOTA DE SIGNIFICADO<\/strong><br>\nCuando se jerarquizan los derechos, aquellos en rangos menores necesitar\u00e1n una justificaci\u00f3n para ser defendidos y ejercidos, como sucede con las dos generaciones restantes. Los derechos de segunda generaci\u00f3n dependen de la acci\u00f3n del gobierno, de pol\u00edticas dise\u00f1adas para \u00abimplementar\u00bb garant\u00edas, cuyo \u00e9xito se da si tal orden pol\u00edtico posee los recursos necesarios, y de esta manera los derechos se reducen a metas de eficacia.<br>\nLos derechos de tercera generaci\u00f3n se someten com\u00fanmente a reconocer a grupos y minor\u00edas, aunque dichas comunidades representen un inter\u00e9s tan humano \u2013y por tanto, universal\u2013 como el respeto al medio ambiente, a las costumbres y tradiciones, a la lengua, es decir, a realidades culturales.<br>\nSi los derechos se limitan por las condiciones econ\u00f3micas o pol\u00edticas, se corre el grave riesgo de da\u00f1ar la dignidad de las personas. Pensemos, por ejemplo, en el caso de los 33 mineros chilenos rescatados en octubre de 2010 despu\u00e9s de 69 d\u00edas de encierro bajo tierra: si el proceso de rescate de los trabajadores hubiera sido sujeto al escrutinio de la burocracia o de los recursos econ\u00f3micos, dif\u00edcilmente se les podr\u00eda haber rescatado con vida. Culturalmente, el pueblo chileno mostr\u00f3 que tiene en alta estima el principio de la solidaridad y el de la defensa de la vida, esto permiti\u00f3 el rescate de los mineros superando obst\u00e1culos de orden econ\u00f3mico o log\u00edstico.<br>\nEl problema no es el hecho de defender un derecho sobre otro, sino de jerarquizarlos e ignorar una base com\u00fan cultural desde la cual dotarles de significado. Si hablamos de Derechos Humanos, es preciso decir que todos los son: desde la libertad de expresi\u00f3n hasta el reconocimiento de la identidad de un pueblo, desde el derecho a un servicio de salud integral hasta el cuidado de los recursos naturales.<br>\nClasificar implica jerarquizar, y toda jerarqu\u00eda lleva a un tratamiento parcial de los derechos fundamentales, a justificar la importancia de los derechos \u2013cuando entran en conflicto unos con otros\u2013 desde la defensa que se haga a favor de unos o el ataque en contra de otros.<br>\nLa abolici\u00f3n de la esclavitud fue compleja entre otras cosas a causa de un conflicto de derechos, donde la libertad fundamental de individuos concretos se opon\u00eda al desarrollo econ\u00f3mico de particulares, empresas y gobiernos.<br>\nEn la actualidad, todo lo que parezca esclavitud \u2013trata de personas, explotaci\u00f3n laboral\u2013 est\u00e1 claramente penado, y este avance lo tenemos gracias a que ya no cuestionamos la libertad de las personas ni consideramos que sea defendible el hecho de vender y usar a alguien como una propiedad o herramienta. Esto forma parte de nuestra cultura.<br>\n\u00a0<br>\n<strong><a href=\"https:\/\/i0.wp.com\/istmo.mx\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/coloquio_01_imagen_02.jpg?ssl=1\"><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-63036\" title=\"coloquio_01_imagen_02\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/istmo.mx\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/coloquio_01_imagen_02-262x300.jpg?resize=262%2C300&#038;ssl=1\" alt=\"\" width=\"262\" height=\"300\" loading=\"lazy\"><\/a>DERECHOS CULTURALES: IDENTIDAD Y TRANSVERSALIDAD<\/strong><br>\nEn la declaraci\u00f3n de Friburgo, del 7 de mayo de 2007, se hicieron expl\u00edcitos los derechos que ya se mencionaban en numerosos instrumentos internacionales. Aqu\u00ed se establece que estos derechos \u00abson esenciales para la dignidad humana; por ello forman parte integrante de los Derechos Humanos y deben interpretarse seg\u00fan los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia\u00bb.2<br>\nEstos principios deben observarse en los derechos espec\u00edficos promovidos para garantizar que las personas y las comunidades tengan acceso a la cultura y puedan participar en aquella que sea de su elecci\u00f3n. As\u00ed pues, los derechos culturales son fundamentalmente Derechos Humanos para asegurar el disfrute de la cultura y de sus componentes en condiciones de igualdad, dignidad humana y no discriminaci\u00f3n.<br>\nLa declaraci\u00f3n los agrupa en derechos referentes al patrimonio cultural, acceso a la cultura y a la informaci\u00f3n, acceso a la educaci\u00f3n, respeto de la identidad cultural o ling\u00fc\u00edstica y cooperaci\u00f3n para las pol\u00edticas culturales entre las comunidades y las naciones.<br>\nEn principio, las acciones que se llevan a cabo para promover los derechos clasificados entre la segunda y tercera generaci\u00f3n, pueden ser muy concretas. En nuestro pa\u00eds, los libros de texto de educaci\u00f3n primaria ya han sido traducidos al n\u00e1huatl, maya y otras lenguas ind\u00edgenas para que los alumnos puedan ser educados en su cultura y no se vean da\u00f1ados en su proceso educativo por hablar un idioma distinto del oficial.<br>\nPor otra parte, las universidades estatales llevan a cabo diversos programas acad\u00e9micos a partir de los cuales los estudiantes recuperan el conocimiento de sus ra\u00edces y lo profesionalizan de manera acad\u00e9mica. Numerosos proyectos musicales se llevan a cabo con ni\u00f1os mixe de la sierra oaxaque\u00f1a. Los estudiantes de Yucat\u00e1n realizan sus actividades de servicio social con comunidades mayas. La Universidad Aut\u00f3noma de la Ciudad de M\u00e9xico ofrece licenciaturas a miembros de comunidades de campesinos o comerciantes para que los j\u00f3venes puedan comprender y dar a conocer su identidad cultural.<br>\nA pesar de estos interesantes programas, las comunidades ind\u00edgenas, campesinas y gremiales tienen mucho todav\u00eda por desarrollar en el \u00e1mbito de los derechos culturales. El constante dilema entre el respeto a los \u00abusos y costumbres\u00bb y el \u00e1nimo de inclusi\u00f3n en el mismo marco educativo y legal parece irresoluble.<br>\nA esto hay que a\u00f1adir las limitantes pol\u00edticas y econ\u00f3micas que resultan de considerar estos derechos como secundarios, como condicionados a la satisfacci\u00f3n de otros anteriores. Aqu\u00ed salta a la vista el problema mencionado de jerarquizar los Derechos Humanos. Se considera que es m\u00e1s importante el conocimiento y respeto a la ley que la alfabetizaci\u00f3n. \u00bfY si una persona no sabe leer, c\u00f3mo puede conocer la ley?<br>\n\u00a0<br>\n<strong> NO HAY DERECHOS M\u00c1S IMPORTANTES QUE OTROS<\/strong><br>\nLo mismo ocurre si se ponen los derechos culturales por encima de todos los dem\u00e1s: no podemos promover el acceso libre a los conciertos de la orquesta estatal por encima de la necesidad de que las familias posean una vivienda digna o de las campa\u00f1as en contra de la discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de sexo.<br>\nLos derechos culturales deben ser entendidos como fundamentales, no por un orden jer\u00e1rquico superior, sino por tener una funci\u00f3n de identidad y transversalidad. Cuando una persona comprende su cultura, conoce aquello que debe cambiar y aquellos valores que son esenciales. Esto se consigue con una educaci\u00f3n integral \u2013prevista como derecho cultural\u2013 y tambi\u00e9n con el acceso al disfrute de las artes, el conocimiento de la historia, la participaci\u00f3n en la vida pol\u00edtica, etc\u00e9tera.<br>\n\u00bfSon estos derechos culturales, son m\u00e1s importantes que otros? No, sino que permiten trabajar de manera transversal, horizontal, dentro de los tipos de derechos existentes: libertades sociales, derechos civiles, derechos de comunidades particulares, derechos econ\u00f3micos, etc\u00e9tera.<br>\nPensemos en el caso de la sociedad sueca: la figura del \u00abOmbudsman\u00bb, de un defensor de los derechos de los gobernados frente a la autoridad, posee una injerencia activa en las decisiones del pa\u00eds, gracias a que los ciudadanos le otorgan capacidades para denunciar faltas a los derechos. Esto implica un marco cultural en el que el ciudadano es suficientemente capaz para tomar decisiones en comunidad, y es altamente consciente de que debe hacerlo.<br>\n\u00a0<br>\n<strong>RESPONSABILIDAD Y COMUNIDAD PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS<\/strong><br>\n\u00bfC\u00f3mo hacer que la reflexi\u00f3n cultural articule los Derechos Humanos? \u00c9ste es el gran reto al que los tiempos actuales nos invitan. Y la soluci\u00f3n s\u00f3lo puede venir de la propia comunidad, de las personas en relaci\u00f3n. Si esperamos a que el orden pol\u00edtico \u2013estatal, nacional, internacional\u2013 lo resuelva, corremos el riesgo de que nos sea impuesta, como ya se dijo, una jerarquizaci\u00f3n de los derechos y su consecuente reduccionismo.<br>\nQuienes conocen de primera mano la cultura de las personas son las personas mismas, las comunidades concretas que a su vez conforman el entramado de relaciones que es la sociedad. Escuelas, colonias, clubes o asociaciones civiles, todas son comunidades que construyen e interpretan la cultura de las personas que las integran.<br>\nLa educaci\u00f3n, derecho universal, se concreta en planes de estudio espec\u00edficos seg\u00fan los intereses culturales de un colegio o una universidad. As\u00ed, hay escuelas donde se imparten clases de cocina, religi\u00f3n, finanzas personales, o cualquier otra disciplina que responda a las necesidades culturales de la comunidad que est\u00e1 siendo educada, aunque los planes de estudio estatales no las incluyan. \u00c9sta es una forma natural de comprender el papel de la cultura en la vivencia de los derechos fundamentales.<br>\nTodos tenemos la posibilidad de conocer nuestra cultura y traducir los Derechos Humanos a partir de ella. Todos formamos parte de una familia en los que se promueven valores espec\u00edficos. Todos somos parte de una ciudad en la que reconocemos costumbres que deben ser cambiadas.<br>\nAs\u00ed, siguiendo las nociones de identidad y transversalidad, podemos asociarnos para reconocer qu\u00e9 somos, qu\u00e9 buscamos en la defensa de nuestros derechos, y c\u00f3mo \u00e9stas necesidades pueden comunicarse a los diferentes \u00f3rdenes de gobierno. La verdadera pol\u00edtica no es otra que la responsabilidad personal de cada ciudadano. La cultura es un espacio de autoconocimiento que sustenta esta responsabilidad social.<br>\nDaniel Baremboim, pianista y director orquestal, encabeza un proyecto musical en el que re\u00fane a m\u00fasicos israel\u00edes y palestinos en una misma orquesta. La Wester-Eastern Divan Orquestra se presenta alrededor del mundo para mostrar c\u00f3mo los intereses culturales de dos comunidades en conflicto pueden convivir y promover la paz. Los m\u00fasicos de esta orquesta se re\u00fanen porque conocen que, a pesar de las diferencias pol\u00edticas que los separan, hay una realidad m\u00e1s fuerte que los une, un derecho humano que se concreta en una manifestaci\u00f3n art\u00edstica. La cultura ofrece elementos que pueden, como en este caso, superar conflictos para hablar de las exigencias m\u00e1s universales, como repudiar la guerra y relacionarse en armon\u00eda.<br>\nLos derechos culturales y la reflexi\u00f3n cultural de las garant\u00edas deben ser recuperados en estos tiempos de sobrada informaci\u00f3n, dif\u00edcil formaci\u00f3n, desdibujada identidad y multiplicidad de criterios de humanidad. La cultura crea los elementos semiol\u00f3gicos para la praxis de todos los Derechos Humanos.<br>\nDe esta manera, si se garantiza una formaci\u00f3n cultural integral, reflexiva y comprometida, los derechos fundamentales de las personas podr\u00e1n ser ejercidos y protegidos desde el dinamismo propio del ser humano, cara a su dignidad e identidad. Los derechos no pueden hablar de un \u00abhombre sin rostro\u00bb, sino de personas concretas, insertas en la cultura.<br>\n\u00a0<br>\n<strong>Notas<\/strong><br>\n1\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Aguilar Cuevas, Magdalena, \u00abLas tres generaciones de los derechos humanos\u00bb en Derechos Humanos, \u00f3rgano informativo de la comisi\u00f3n de Derechos Humanos del Estado de M\u00e9xico, N\u00fam- 30. Marzo-Abril , 1998. P\u00e1gs. 93-99.<br>\n2\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Declaraci\u00f3n de Friburgo sobre Derechos Culturales, Art\u00edculo 1. Versi\u00f3n digital disponible en http:\/\/www.culturalrights.net\/descargas\/drets_culturals239.pdf<br>\n\u00a0\n<\/body><button class=\"simplefavorite-button has-count\" data-postid=\"62973\" data-siteid=\"1\" data-groupid=\"1\" data-favoritecount=\"0\" style=\"\">Leer despu\u00e9s <i class=\"sf-icon-star-empty\"><\/i><span class=\"simplefavorite-button-count\" style=\"\">0<\/span><\/button>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Leer despu\u00e9s 0Los derechos no se refieren a \u00abhombres sin rostro\u00bb, sino a personas concretas, insertas en una cultura. Los derechos culturales, esenciales para la dignidad humana, deben interpretarse seg\u00fan los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia. Los tiempos actuales son un campo f\u00e9rtil para repensar los Derechos Humanos. Desde la llamada \u00abprimavera \u00e1rabe\u00bb y otras plataformas civiles \u2013los indignados, #Occupy Wallstreet, #YoSoy132\u2013 hasta las leyes que pretenden regular los contenidos en internet \u2013ACTA, SOPA\u2013, derechos como la libertad de expresi\u00f3n, la representaci\u00f3n pol\u00edtica, la seguridad e integridad f\u00edsica, han sido protagonistas en la reflexi\u00f3n sobre las garant\u00edas centrales de las personas. Los Derechos Humanos representan la necesidad que tenemos todos de reconocer condiciones b\u00e1sicas de respeto en la convivencia. Necesidad tan elemental que toda ofensa a nuestros derechos nos parece evidente. Si mi vecino se estaciona frente a la salida de mi casa, si un grupo de personas limitan mi movilidad en la calle, si se me niega un servicio p\u00fablico a causa de mi manera de vestir o de hablar, si una autoridad me extorsiona\u2026 en cualquier situaci\u00f3n en la que se afectan mis garant\u00edas subsiste un impulso para pedir respeto. Sin embargo, aunque percibimos con claridad una afrenta de este tipo, es importante hacer notar que, como sujetos de derechos, no conocemos las condiciones que se requieren para que nuestros derechos posean una identidad clara. En otras palabras, es dif\u00edcil conocer qu\u00e9 derecho es m\u00e1s importante que otro, cu\u00e1les son aquellos derechos que deben reconocerse sin importar condiciones cambiantes, qu\u00e9 significa que la ley reconozca s\u00f3lo ciertos derechos y d\u00e9 por supuestos otros tantos. \u00a0 PARA RECUPERAR DERECHOS FUNDAMENTALES: CULTURA Aquello que permite conocer la identidad de nuestros derechos, su origen e importancia, est\u00e1 en el reconocimiento de la cultura: ella habla del ser humano desde todas sus perspectivas, y desde ah\u00ed podemos comenzar a buscar la unidad y radicalidad que hace falta en las reflexiones acerca de los Derechos Humanos. Si pensamos en la situaci\u00f3n de un migrante, un analfabeta o un ind\u00edgena, reconoceremos que existe un denominador com\u00fan: hace falta \u2013o no se conoce\u2013 un marco cultural que pueda dotar de orden y significado el ejercicio de los derechos de las personas. Cuando se carece de naci\u00f3n, como un \u00abilegal\u00bb latinoamericano en Estados Unidos o un migrante \u00e1rabe en tierras europeas, es imposible reclamar derechos al amparo de un sistema legal. Cuando no se tiene acceso a la informaci\u00f3n, como cualquier persona incapaz de leer o de disponer de informaci\u00f3n fiable, es muy dif\u00edcil conocer qu\u00e9 puede exigir como derecho. Cuando la comunidad no es reconocida por una colectividad mayor y una ola globalizadora amenaza su identidad \u2013pensemos en cualquier etnia ind\u00edgena de nuestro pa\u00eds\u2013 es complicado prevalecer como miembro de una cultura concreta y pugnar por el respeto de la misma. 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En otras palabras, es dif\u00edcil conocer qu\u00e9 derecho es m\u00e1s importante que otro, cu\u00e1les son aquellos derechos que deben reconocerse sin importar condiciones cambiantes, qu\u00e9 significa que la ley reconozca s\u00f3lo ciertos derechos y d\u00e9 por supuestos otros tantos. \u00a0 PARA RECUPERAR DERECHOS FUNDAMENTALES: CULTURA Aquello que permite conocer la identidad de nuestros derechos, su origen e importancia, est\u00e1 en el reconocimiento de la cultura: ella habla del ser humano desde todas sus perspectivas, y desde ah\u00ed podemos comenzar a buscar la unidad y radicalidad que hace falta en las reflexiones acerca de los Derechos Humanos. Si pensamos en la situaci\u00f3n de un migrante, un analfabeta o un ind\u00edgena, reconoceremos que existe un denominador com\u00fan: hace falta \u2013o no se conoce\u2013 un marco cultural que pueda dotar de orden y significado el ejercicio de los derechos de las personas. 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Por todo ello hoy, frente a movimientos que cruzan fronteras y situaciones que ponen en la mira de la sospecha nuestras nociones de ciudadan\u00eda, libertad o vida humana, los derechos culturales pueden ofrecer una v\u00eda de reformulaci\u00f3n y recuperaci\u00f3n de los derechos fundamentales. \u00a0 NO PODEMOS HABLAR A UN HOMBRE SIN ROSTRO Globalizaci\u00f3n y multiculturalidad, identidad pol\u00edtico-social y personal, todos son grandes retos que las teor\u00edas actuales de Derechos Humanos deben resolver. La cultura de las comunidades y las naciones representa una base desde la cual se puede dotar de unidad y sentido a la defensa de las garant\u00edas fundamentales. Esto es as\u00ed porque en la cultura el ser humano comprende su papel dentro de la sociedad: lo que significa ser mexicano o sudafricano, queretano o tamaulipeco, ciudadano, mujer u hombre, profesionista, jud\u00edo o ateo, aficionado a alg\u00fan equipo deportivo, vecino, padre, hijo, etc\u00e9tera. Si desligamos la identidad cultural del ejercicio de derechos, tendr\u00edamos que pensar en un \u00abhombre sin rostro\u00bb, una humanidad que, por el \u00e1nimo de la universalidad de los derechos, y careciendo de identidad concreta, acabe por ser definida a partir de las necesidades pol\u00edticas y sociales de momentos hist\u00f3ricos. \u00a0 TRES GENERACIONES DE DERECHOS Cuando se reduce la cultura a un elemento secundario en la definici\u00f3n de derechos, los criterios para su categorizaci\u00f3n son variados. De acuerdo con la tradicional clasificaci\u00f3n de los Derechos Humanos, existen tres generaciones de acuerdo con su origen y progresiva cobertura de las garant\u00edas de las personas:1 \u00a0 \u2022 \u00a0La primera generaci\u00f3n se corresponde con los derechos civiles y pol\u00edticos, que se concretan en la Revoluci\u00f3n Francesa. Lo que pensadores como Fray Francisco de Vitoria, Fray Bartolom\u00e9 de las Casas o Immanuel Kant consideraban como aquellas condiciones que el Estado o el gobierno deb\u00eda respetar con relaci\u00f3n al trato de los individuos. Las llamadas \u00ablibertades fundamentales\u00bb y derechos de representaci\u00f3n e identidad pol\u00edtica se encuentran en esta generaci\u00f3n. \u00a0 \u2022 La segunda generaci\u00f3n agrupa a los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales, emanados de la Revoluci\u00f3n Industrial y reconocidos por primera vez en un sistema jur\u00eddico en la Constituci\u00f3n Mexicana de 1917. Los derechos a un salario justo, a jornadas laborales bien remuneradas, a la libertad de asociaci\u00f3n y a la libertad de tomar parte en la vida cultural, forman parte de esta segunda etapa y dependen de una participaci\u00f3n activa del Estado. Mientras que en los de primera generaci\u00f3n el gobierno se","og_url":"https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/2012\/09\/07\/cultura-y-derechos-humanos\/","og_site_name":"Revista ISTMO","article_published_time":"2012-09-07T17:26:51+00:00","og_image":[{"url":"https:\/\/istmo.mx\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/coloquio_01_original-228x300.jpg","type":"","width":"","height":""}],"author":"Revista ISTMO","twitter_card":"summary_large_image","twitter_misc":{"Escrito por":"Revista ISTMO","Tiempo de lectura":"16 minutos"},"schema":{"@context":"https:\/\/schema.org","@graph":[{"@type":"Article","@id":"https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/2012\/09\/07\/cultura-y-derechos-humanos\/#article","isPartOf":{"@id":"https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/2012\/09\/07\/cultura-y-derechos-humanos\/"},"author":{"name":"Revista ISTMO","@id":"https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/#\/schema\/person\/4bb4e04f79b564f5bc9b544cc9b69c60"},"headline":"Cultura y Derechos Humanos","datePublished":"2012-09-07T17:26:51+00:00","mainEntityOfPage":{"@id":"https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/2012\/09\/07\/cultura-y-derechos-humanos\/"},"wordCount":3188,"commentCount":0,"image":{"@id":"https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/2012\/09\/07\/cultura-y-derechos-humanos\/#primaryimage"},"thumbnailUrl":"https:\/\/istmo.mx\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/coloquio_01_original-228x300.jpg","keywords":["cultura","derechos humanos","dignidad humana","empresa","identidad","istmo","origen","valores"],"articleSection":["Coloquio"],"inLanguage":"es","potentialAction":[{"@type":"CommentAction","name":"Comment","target":["https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/2012\/09\/07\/cultura-y-derechos-humanos\/#respond"]}]},{"@type":"WebPage","@id":"https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/2012\/09\/07\/cultura-y-derechos-humanos\/","url":"https:\/\/dim-id.com\/pruebaentradas2023\/2012\/09\/07\/cultura-y-derechos-humanos\/","name":"Cultura y Derechos Humanos - 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